Nueva Ley de Servicios de Pago

03.12.2009

A partir del 1 de enero entrara en vigor la polémica nueva Ley de servicios de pago, que permitirá a los comerciantes cobrar a los clientes que paguen con tarjeta una fracción de la comisión que las entidades financieras requieren por gestionar la operación, y que en la actualidad la soporta el comerciante.

Hasta el momento los acuerdos con las emisoras de las tarjetas imposibilitaban a los comerciantes establecer complementos o realizar descuentos por utilizar uno u otro medio de pago. Pero a partir del próximo año, los artículos podrán tener dos importes, según se abonen en efectivo o con tarjeta.

La nueva ley afecta a las transferencias, los adeudos en cuenta y las operaciones de pago efectuadas mediante tarjetas de crédito o debito, de forma que la pauta de gastos compartidos asimismo llega a las domiciliaciones de recibos habituales como el de la electricidad o el gas. Hasta el momento, era la empresa suministradora del servicio la que se hacia cargo de las comisiones por este concepto.

También la nueva Ley permite la prestación de servicios de pago a la competencia, las empresas dedicadas a otros sectores económicos (grandes superficies o concesionarios) requerirán consentimiento para maniobrar como entidades de pago sin tener que acudir a intermediarios.

El término para solicitar la devolución de un recibo será de dos meses desde la fecha de cargo de los fondos de la cuenta, en vez del mes establecido hasta el momento. Aunque solamente será posible devolverlo cuando la autorización no detalle el valor preciso de la transacción de pago y cuando la cuantía exceda el que el ordenante podía esperar, teniendo en cuenta sus hábitos de gasto.

Otra novedad es que las entidades financieras les corresponderán hacerse cargo de los peligros originados del envío de las tarjetas, los PIN o las claves de acceso para pagar a través de Internet. Y las entidades deberán disponer de medios convenientes y gratuitos para informar el extravío, hurto o uso ilícito de una tarjeta. La ley determina el límite de responsabilidad del cliente por uso fraudulento de los medios de pago en 150 euros.

La nueva Ley no contenta a ninguno de las cuatro partes afectadas en su aplicación.

Asociaciones de consumidores.

No están de acuerdo con la medida, consideran que solo ganaran con su aplicación las entidades financieras y recomiendan el pago en efectivo ya que es la única forma de saber con certeza lo que se esta pagando. Incluso han llamado al boicot en aquellos establecimientos dónde se cobren la comisión.

Comerciantes.

Las principales asociaciones de comerciantes han anunciado que por el momento no aplicaran la nueva ley, es decir, no cargaran a sus clientes la polémica comisión por el pago con tarjetas.

Ya que con la crisis económica ha bajado el consumo, y esta medida puede provocar una bajada aún mayor.

Empresas de medios de pago.

Opinan que la aplicación de la nueva Ley impulsará los pagos en efectivo y beneficiará la economía sumergida y el fraude fiscal. Plantean que no se consientan los sobrecargos en los pagos con tarjetas hasta que estén tan generalizados en España como en el resto de países europeos.

Entidades financieras.

Se rebaja los plazos en la realización de los servicios de pago. Por lo general, los fondos deberán estar utilizables para el usuario al día siguiente de la realización del servio y no en los tres días que tardan ahora. Las entidades logran suculentos beneficios rentabilizando los fondos en tráfico, de modo que no se espera que acepten sin más una posible rebaja de las ganancias por este medio.

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